Es la rama del conocimiento económico que tiene
por objeto el estudio del sector público o economía pública, que comprende la
intervención que la autoridad pública efectúa en una economía de mercado,
fundamentalmente a través de los ingresos y gastos públicos. LA LEY
ORGÁNICA DE LA HACIENDA PÚBLICA NACIONAL define en su artículo uno la hacienda pública
de la siguiente manera.
Artículo 1." La Hacienda Pública Nacional comprende los
bienes, rentas y deudas que forman el activo y el pasivo de la Nación, y todos
los demás bienes y rentas cuya administración corresponde al Poder Nacional. La
Hacienda, considerada como persona jurídica, se denomina Fisco Nacional."
Entendiendo como físico nacional el conjunto de los
organismos públicos que se ocupan de la recaudación de impuestos.
ELEMENTOS QUE FORMAN LA HACIENDA PUBLICA NACIONAL
•· Bienes
Nacionales:los cuales son
Los bienes muebles o inmuebles, derechos y acciones que
por cualquier título entraron a formar el patrimonio de la Nación y aquellos bienes que se encuentren en el
territorio de la República y que no tengan dueño.
•· Rentas
Nacionales
a) Rentas Ordinarias: El Producto de las contribuciones
nacionales, los intereses que satisfagan a la Nación los Institutos Oficiales
Autónomos que se hayan fundado con capital del Estado.
b) Rentas extraordinarias: están constituidas por el
producto de cualesquiera operaciones financieras que decrete o autorice el
Congreso para proveer las necesidades del Tesoro.
Derecho financiero: es la
rama del derecho que regula la actividad financiera del estado y de los entes
públicos, tiene por objeto el estudio sistemático de las normas que regulan los
recursos económicos, que el estado y los demás entes públicos pueden emplear
para el cumplimiento de sus fines.
CONTRERAS MEZA, CARMEN Y.
C.I.: 21182090